ACUERDO MINISTERIAL  220-2015

Se crea el programa nacional de escuelas taller y talleres de empleo.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 220-2015

Guatemala, 9 de diciembre de 2015


EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL

CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo que establece el Artículo 194 literal f), de la Constitución Política de la República de Guatemala, corresponde a los Ministros de Estado dirigir, tramitar, resolveré inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio, y el Artículo 40 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala regula como facultad del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, administrar descentralizadamente, sistemas de Información actualizada sobre migración, oferta y demanda en el mercado laboral, para diseñar mecanismos que faciliten la movilidad e inserción de la fuerza laboral en el mercado de trabajo.


CONSIDERANDO

Que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social debe adecuar el desempeño de sus funciones para responder a los compromisos adquiridos por el Estado de Guatemala en Convenios y recomendaciones Internacionales de Trabajo y leyes ordinarias, velando por el bienestar de los trabajadores, para lo cual es necesario formular una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido teniendo en cuenta que cada trabajador tendrá todas las posibilidades de adquirir la formación necesaria para ocupar el empleo que le convenga y de utilizar esta formación para su desarrollo.


CONSIDERANDO

Que para contribuir a las acciones que operativizan la "Política Nacional de Empleo Seguro, Decente y de Calidad 2012-2021" es necesario diseñar mecanismos que faciliten la inserción de la fuerza laboral en el mercado de trabajo, que den respuesta a los objetivos de dicha política. Aunado a lo anterior, el objetivo general de la Política Nacional de Juventud 2012-2020 establece entre otros la necesidad de... 'promover la vigencia de los derechos de las y los jóvenes para mejorar sus condiciones y calidad de vida, privilegiando su desarrollo Integral y el ejercicio pleno de la ciudadanía como sujeto de derecho y actores estratégicos de desarrollo"; Por lo cual el Ministerio formula el programa permanente nacional para la inserción laboral denominado, "Escuelas Taller y Talleres de Empleo (ET y TE)", que combinan formación y práctica laboral permitiendo la profesionalización de las personas participantes.


POR TANTO

Con base en lo considerado y en lo preceptuado por los Artículos 194 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 40 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala. Convenios 117 y 122 de la Organización Internacional del Trabajo


ACUERDA


CREAR EL PROGRAMA NACIONAL DE ESCUELAS TALLER Y TALLERES
DE EMPLEO

 
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