ACUERDO MINISTERIAL 679-2015
Se publica en el sitio web del ministerio de economía la lista de aranceles preferenciales vigentes para el año 2016, aplicables a la importación de mercancías originarias.
ACUERDO MINISTERIAL No. 679-2015
Guatemala, 11 de diciembre de 2015
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 149 y 151 de la Constitución Política de la República de Guatemala, el Estado de Guatemala normará sus relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales, manteniendo relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos Estados, cuyo desarrollo económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala, con el propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular conjuntamente, políticas tendientes al progreso de las naciones respectivas.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 27 y 32 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo, se establece que es función del Ministerio de Economía, encargarse de la ejecución de los convenios y tratados de comercio internacional bilateral y multilateral, así como encargarse de la política arancelaria del país; de la misma forma lo señala el Acuerdo Gubernativo número 170-2015, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Economía en el Artículo 17, el cual establece que corresponde a este Ministerio establecer los procedimientos para la administración de los acuerdos comerciales internacionales vigentes para Guatemala, facilitando su cumplimiento y difundiendo la información relacionada con dichos acuerdos
CONSIDERANDO:
Que es de estricto interés del Estado de Guatemala, para efecto de otorgar las preferencias arancelarias contenidas en los distintos acuerdos de carácter económico y comercial internacional, que el Ministerio de Economía publique las listas de aranceles vigentes para el año 2016, aplicables a la importación de mercancías originarias, según se establece en los distintos Acuerdos vigentes, conforme al Sistema Arancelario Centroamericano, -SAC-, razón por la cual es necesario emitir la presente disposición legal administrativa.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le asignan los artículos 27 literal m) y 32 literales c) y e) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República,
ACUERDA:
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