ACUERDO MINISTERIAL  207-2015

Se da por finalizada la emergencia sanitaria en las diferentes áreas de salud de Guatemala central declarándose controlada la epidemia del dengue y chikingunya.


ACUERDO MINISTERIAL No. 207-2015

Guatemala, 17 de noviembre de 2015


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, es deber del Estado garantizarle a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia la seguridad y el desarrollo integral de la persona; Que el goce de la salud es derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna; Que el Estado vela por la salud y la asistencia social de todos los habitantes; desarrolla, a través de sus instituciones, acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles el más completo bienestar físico, mental y social;


CONSIDERANDO:

Que el Código de Salud establece que, las acciones de promoción y prevención, están dirigidas a interrumpir la cadena epidemiológica de las enfermedades, tanto a nivel del ambiente como de la protección, diagnostico y tratamiento temprano de la población susceptible, que comprende la prevención de la salud en el establecimiento de sistemas de vigilancia epidemiológica, inmunización, detección precoz y tratamiento de los casos, educación en salud y otras medidas pertinentes para lograr el control de las enfermedades endémicas, las emergentes y las recurrentes, en especial aquellas no emergentes con potencial de producir brotes epidémicos.


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, mediante acuerdo Ministerial 152-2015 de fecha 13 de agosto de 2015, estableció Emergencia Sanitaria en once Áreas de Salud priorizadas, en virtud del incremento de casos reportados de personas afectadas por la epidemia de Dengue y Chikungunya, sin embargo por las acciones desarrolladas e implementadas en el control sanitario, se registró un decremento de los casos presentados del 82.4% del Dengue y el 81.2% de Chikungunya, por lo que dichas áreas afectadas han salido de la zona de epidemia, con tendencia al descenso sostenido en el reporte de casos. Por lo anterior es preciso dar por finalizada la Emergencia Sanitaria declarada, haciéndose necesario continuar con las acciones de vigilancia, control y prevención en todo el país;


POR TANTO:

En ejercicio de las facultades que le confiere los artículos: 2, 93, 94 y 194 incisos a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos: 23, 27 literales a), c) y m) y 39 literal d) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 9 literal a), 17 literales a), b), c), f), g) e i) y 38 literal b) del Decreto número 90-97 del Código de Salud, todos del Congreso de la República de Guatemala;


ACUERDA:

 
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