ACTA 3,606-2015.21
Se acuerda fijar la tasa por el uso de los servicios sanitarios en el mercado concepción en Q. 1.00 (Un quetzal) para todos en general.
ACTA NÚMERO 3,606-2015 PUNTO VIGÉSIMO PRIMERO
EL INFRASCRITO SECRETARIO DE LA MUNICIPALIDAD DE VILLA NUEVA,
MUNICIPIO DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA.
CERTIFICA:
Tener a la vista el acta número tres mil seiscientos seis guión dos mil quince (3,606-2015), de fecha tres de febrero de dos mil quince la que en su punto vigésimo primero en su parte conducente copiado textualmente dice:
"VIGÉSIMO PRIMERO: ... El Concejo Municipal, CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio y la iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales. CONSIDERANDO: Que le compete al Concejo Municipal la emisión de acuerdos municipales. CONSIDERANDO: Que dentro de las competencias propias del municipio, están los mercados y debe regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial y, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos y, en su caso, la determinación y cobro de tasas y contribuciones equitativas y justas. CONSIDERANDO: Que en el presente caso, la Dirección de Servicios Públicos, solicite que se autorice la propuesta de una tarifa general de un quetzal por el uso de los servicios sanitarios en el mercado Concepción, ya que se viene cobrando un quetzal por visitante y cincuenta centavos para inquilinos, y siendo que efectivamente se hace necesario el cobro en forma general, es procedente acceder a lo solicitado, debiendo emitir para el efecto la resolución que en derecho corresponde. POR TANTO: Con base en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República, 3, 9, 33, 35, 68, 72 del Código Municipal y sus reformas, por unanimidad, ACUERDA:
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