ACUERDO  16-2015

Se autoriza la utilización del sistema de diligencias judiciales electrónicas para la optimización de oficios.


ACUERDO NÚMERO 16-2015


CONSIDERANDO

Que corresponde al Organismo Judicial, en ejercicio de la soberanía delegada por: el pueblo, impartir justicia conforme a la ley, según lo establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala y las leyes ordinarias.


CONSIDERANDO

Que es deber del Estado garantizar la justicia, la cual debe ser pronta y cumplida, por lo que se hace imperativo que el Organismo Judicial utilice efectivamente las herramientas tecnológicas por medio de las cuales se agilicen las diligencias judiciales que soliciten los órganos jurisdiccionales a otros de mayor, menor o la misma categoría.


CONSIDERANDO

Que de la utilización de recursos tecnológicos se puede prescindir de los servicios de mensajería y gasto en recurso humano y económico, en el transporte y entrega de las diligencias que los órganos jurisdiccionales se comisionen entre si, cumpliendo con el principio de economía procesal.


POR TANTO

Esta Corte Suprema de Justicia, con base en lo considerado y con fundamento en los artículos: 203, 204 y 205 de la Constitución Politica de la República de Guatemala; 51, 52, 53 y 54 literal f) y ñ) y 77 de la Ley del Organismo Judicial, ésta integrada como corresponde,


ACUERDA

 
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