ACUERDO 25-2015
Se faculta a los Juzgados de Paz Penal de Faltas de Turno y Juzgados de Paz de toda la República, para que los días y horas inhábiles, reciban los memoriales relacionados con conflictos de carácter económico-social.
ACUERDO NÚMERO 25-2015
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Corte Suprema de Justicia emitir las disposiciones que estime pertinentes para hacer efectivo el acceso a la justicia y el funcionamiento de cada uno de los órganos jurisdiccionales con el objeto de asegurar y resguardar las necesidades de la población.
POR TANTO
Con base en lo considerado y lo que preceptúan los artículos: 203, 205 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 324 del Código de Trabajo; y 54 incisos a) y f), 57 y 58 de la Ley del Organismo Judicial Decreto 2-89 del Congreso de la República,
ACUERDA
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