ACUERDO MINISTERIAL 180-2015
Se acuerda prorrogar el plazo de los contratos abiertos, correspondientes al concurso nacional de oferta de precios DNCAE 02-2012 con el objeto de adquirir material quirúrgico menor.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 180-2015
Guatemala, 7 de agosto de 2015
EL MINISTRO DE FINANZAS PÚBLICAS
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece en sus artículos 1 y 44 que el fin supremo del Estado es la realización del bien común y que el interés social prevalece sobre el interés particular. Asimismo, en sus artículos 94 y 95 establece que es deber del Estado velar por la asistencia social y la salud de todos los habitantes, considerada ésta última como un Bien público.
CONSIDERANDO
Que la Dirección Normativa de Contrataciones y Adquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, llevó a cabo el Concurso Nacional de Oferta de Precios DNCAE número cero dos guión dos mil doce (DNCAE 02-2012), con el objeto de adquirir "MATERIAL MÉDICO QUIRÚRGICO MENOR (DISPOSITIVOS MÉDICOS), PAQUETE TRES (3), QUE INCLUYE, CATÉTERES VASCULARES; MATERIAL CENTRAL DE EQUIPOS; MATERIAL PARA EXAMEN CLÍNICO; CATÉTERES Y DRENAJES TORÁCICOS; VENDAS DE YESO; VENDAS ELÁSTICAS Y OTROS DISPOSITIVOS COMPRESIVOS; MATERIAL DESCARTABLE PARA LABORATORIO; DISPOSITIVOS PARA VIDEO CIRUGÍA Y SUTURA MECÁNICA", requeridos por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y el Ministerio de la Defensa Nacional. Sin embargo, para evitar el desabastecimiento de estos productos en el sector salud y por convenir a los intereses del Estado, a solicitud de los proveedores y de mutuo acuerdo con las entidades requirentes del Concurso, es necesario prorrogar el plazo de la vigencia de los Contratos Abiertos celebrados oportunamente.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el articulo 194 literales a) y f), de la Constitución Política de la República de Guatemala y con base en lo preceptuado en los artículos 27 literales a) y m), 35 literal t) del Decreto número 114-97, Ley del Organismo Ejecutivo; 42,46,46 bis, 47,48,49 y 51 del Decreto número 57-92, Ley de Contrataciones del Estado, ambos Decretos del Congreso de la República de Guatemala; y artículos 26 y 27 del Acuerdo Gubernativo número 1056-92 Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y sus reformas.
ACUERDA
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