ACTA  028-15.11

Reglamento para el servicio de mercado municipal del municipio de jacaltenango, Huehuetenango.


ACTA No. 028-15

EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE JACALTENANGO, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO, CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO TIENE A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES PUBLICAS ORDINARIAS EN USO, AUTORIZADO POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS REGION HUEHUETENANGO, CON EL NUMERO DE REGISTRO M-J3-416-2013-L, EN EL CUAL SE ENCUENTRA EL ACTA No. 028-15-Srio. DE FECHA 15-7-2015 QUE COPIADA CONDUCENTEMENTE DICE:

DECIMO PRIMERO: El Honorable Concejo Municipal, del municipio de Jacaltenango, departamento de Huehuetenango, CONSIDERANDO: Que luego de finalizado el Proyecto de Ampliación del Mercado Municipal de esta población, éste se encuentra en condiciones de ocupación y funcionamiento, para ello es necesario contar con el reglamento correspondiente: CONSIDERANDO: Que se tiene a la vista el proyecto de REGLAMENTO PARA EL SERVICIO DEL MERCADO MUNICIPAL DE JACALTENANGO, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO , presentado por el señor Alcalde Municipal Profesor José Mario Silvestre Camposeco, para su estudio, análisis, aprobación correspondiente y su posterior aplicación; POR TANTO: Este Concejo Municipal con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto determinan los artículos 1, 2, 3,4, 5, 7, 33 y 35 del Decreto 12-2002 y sus Reformas contenidas en el Decreto 22-2010, 253 y 254 de la Constitución Política de la Republica de Guatemala y Acuerdo Municipal contenido en punto NOVENO del Acta No. 022-15- Srio. de fecha 03-06-15, previo estudio y análisis del Proyecto de Reglamento del Mercado Municipal presentado por el señor Alcalde Municipal, Profesor José Mario Silvestre Camposeco, por unanimidad de votos ACUERDA: a) APROBAR el siguiente:


REGLAMENTO PARA EL SERVICIO DE MERCADO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JACALTENANGO,
DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO.

CONSIDERANDO

Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, los municipios son instituciones Autónomas a quienes corresponde, regular los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines.


CONSIDERANDO

Que en ejercicio de la autonomía que la Constitución Política de la República de Guatemala garantiza al municipio la administración de sus intereses, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y la emisión de sus ordenanzas y reglamentos,

CONSIDERANDO

Que es competencia municipal la administración de mercados:


POR TANTO

En base a lo considerado y encontrando facultad en los artículos 1,2,3,5,6,9,35 inciso a, i), 68 inciso "a", del Decreto 12-2002 Código Municipal, y con base en lo establecido en el Artículo 253 inciso c), Artículo 254 y 255 de la Constitución Política de la República de Guatemala, por unanimidad de votos ACUERDA: APROBAR el presente REGLAMENTO PARA EL SERVICIO DE MERCADO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO DE JACALTENANGO, DEPARTAMENTO DE HUEHUETENANGO.


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