ACUERDO GUBERNATIVO 160-2015
Se acuerda desmembrar a favor del Estado una fracción de terreno propiedad de la Nación, ubicada en la 12 avenida final, colonia Atlántida, zona 18, municipio y departamento de Guatemala.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 160-2015
Guatemala, 25 de junio de 2015
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2013-55797 opinó de manera favorable la desmembración a favor del Estado y su adscripción al Ministerio de Gobernación, con destino a la Dirección General del Sistema Penitenciario, una fracción de terreno de 42,021.5347 metros cuadrados de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número 98966, folio 82 del libro 1275 de Guatemala, propiedad de la Nación, en virtud que se encuentra funcionando el Centro de Detención Preventiva para Hombres, el Centro de Detención Preventiva para Mujeres "Santa Teresa" y el Anexo "B" del Centro de Detención Preventiva de Delitos Menores y Faltas para Hombres, ubicados en la 12 avenida final, Colonia Atlántida, zona 18 de Guatemala, por lo que, resulta conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia la publicación deberá efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j) y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
- Buscado: 1,574 veces.
- Ficha Técnica: 15 veces.
- Imagen Digital: 15 veces.
- Texto: 9 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 3 veces.