ACUERDO  27-2015

Se acuerda Aprobar la Ampliación del Presupuesto de Ingresos del Registro Nacional de las Personas -RENAP- para el ejercicio fiscal dos mil quince (2015).


ACUERDO DE DIRECTORIO NÚMERO 27-2015


APROBACIÓN DE LA AMPLIACIÓN PRESUPUESTARIA No. 01 AL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS PARA EL EJERCICIO FISCAL DOS MIL QUINCE


EL DIRECTORIO DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS -RENAP-


CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de las Personas es una entidad autónoma, de derecho público, con personalidad jurídica, plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, con patrimonio propio constituido por recursos financieros que le asigna el Estado y recursos propios derivados de los servicios que presta; encargada de organizar y mantener el registro único de identificación de las personas naturales, inscribir los hechos y actos relativos a su estado civil, capacidad civil y demás datos de identificación, desde su nacimiento hasta la muerte, así como la emisión del Documento Personal de Identificación.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la Ley del Registro Nacional de las Personas, el Directorio es el órgano de Dirección Superior de la Institución y como tal, le atribuye la aprobación del Proyecto de Presupuesto de ingresos y Egresos de la Institución, y en consideración al Acuerdo de Directorio número ciento veintiuno guión dos mil catorce (121-2014), en su Artículo 15, el Directorio del Registro Nacional de las Personas aprobará las ampliaciones y/o disminuciones que afecten el Presupuesto de ingresos y Egresos del Registro Nacional de las Personas para el ejercicio fiscal dos mil quince.


CONSIDERANDO:

Que es necesario reflejar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Registro Nacional de las Personas -RENAP- para el ejercicio fiscal dos mil quince (2015), el aporte de ingresos corrientes devengados en el ejercicio, fiscal dos mil catorce (2014) que fueron percibidos en el ejercicio fiscal dos mil quince (2015) y que corresponderán a saldos de caja del ejercicio fiscal dos mil catorce (2014); por las razones expuestas en el Dictamen Presupuestario Número cero veintiuno guión dos mil quince (021-2015), Ampliación Presupuestaria Número cero uno (01), del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Presupuesto; se hace necesario ampliar el Presupuesto de la Institución en la fuente de financiamiento 32 "Disminución de caja y bancos de ingresos propios" en DIEZ MILLONES DE QUETZALES CON 00/100 (Q.10,000,000.00), razón por la cual se modificará el Presupuesto Institucional vigente de TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS QUETZALES CON 46/100 (Q.347,132,476.46) a un Presupuesto Institucional vigente de TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS QUETZALES CON 46/100 (Q.357,132,476.46) para el ejercicio fiscal dos mil quince.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 15 literales c), k) y o) del Decreto número 90-2005 del Congreso de la República de Guatemala y sus reformas, Ley del Registro Nacional de las Personas,


ACUERDA:

 
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