ACUERDO  A-013-2015

Rendición Electrónica Mensual de Ingresos y Egresos de las Entidades Autónomas y Descentralizadas.

CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS


ACUERDO NUMERÓ A-013-2015


EL CONTRALOR GENERAL DE CUENTAS


CONSIDERANDO:

Que corresponde a la Contraloría General de Cuentas la función fiscalizadora en forma externa de los ingresos y egresos y, en general, todo interés hacendario, los organismos del Estado, Entidades Autónomas y Descentralizadas, las Municipalidades y sus Empresas, y demás Instituciones que conforman el sector público no financiero.


CONSIDERANDO:

Que en su calidad de Órgano Rector de control gubernamental, constituye una de sus atribuciones dictar las políticas, normas y procedimientos, en el ámbito de su competencia, para observancia y cumplimiento obligatorio para las Entidades Autónomas y Descentralizadas a que se refiere el artículo 2 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas.


CONSIDERANDO:

Que como ente superior de fiscalización del Estado y con el propósito de consolidar los procesos de rendición de cuentas, debe velar por el cumplimiento de las disposiciones legales, para que las Entidades Autónomas y Descentralizadas, cumplan con sus obligaciones como cuentadantes, en la forma, modo y tiempo que se establece en este Acuerdo.


POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 232 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y artículos 2, 4, 5, 6, 12 y 13 literales a) y g), de su Ley Orgánica.


ACUERDA:


APROBAR


LA RENDICIÓN ELECTRÓNICA MENSUAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LAS ENTIDADES AUTÓNOMAS Y DESCENTRALIZADAS.

 
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