ACUERDO MINISTERIAL 100-2015
Se publica en el portal de la Dirección de Administración del Comercio Exterior, DACE, la Decisión No. 13 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio.
ACUERDO MINISTERIAL No. 100-2015
Guatemala, 02 de marzo de 2015
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en los artículos 149 y 151 de la Constitución Política de la República de Guatemala, el Estado de Guatemala normará sus relaciones con otros Estados, de acuerdo con los principios, reglas y prácticas internacionales, manteniendo relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos Estados, con el propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular conjuntamente, políticas tendientes al progreso de las naciones respectivas.
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a lo establecido en los artículos 27 y 32 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República, es responsabilidad del Ministerio de Economía, encargarse de la ejecución de los Convenios y Tratados de Comercio Internacional Bilateral y Multilateral, una vez aprobados y ratificados; así como formular y ejecutar, de conformidad con la ley, la política arancelaria del país; en tal sentido, tiene la atribución de emitir acuerdos, resoluciones, circulares y otras disposiciones relacionadas con estos asuntos.
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto número 10-2009 del Congreso de la República de Guatemala se aprobó el Tratado de Libre Comercio entre la República de Colombia y las Repúblicas de El Salvador, Guatemala y Honduras, suscrito en la Ciudad de Medellín, Colombia, el 9 de agosto de 2007, dentro del cual se establece el Anexo 3.04, Listas de Desgravación Arancelaria de Guatemala.
CONSIDERANDO:
Que el Reglamento Interno del Ministerio de Economía establece que corresponde a este Ministerio, entre otros asuntos, hacer cumplir el régimen jurídico relativo al desarrollo de las actividades productivas no agropecuarias, del comercio interno y externo, y el desarrollo industrial y comercial, y es el Viceministerio de Integración y Comercio Exterior el encargado de promover las relaciones comerciales económicas y el desarrollo del comercio exterior y basado en esta premisa ha negociado y puesto en vigencia distintos Acuerdos Comerciales Internacionales sobre los cuales se otorgan preferencias arancelarias, las cuales deben darse a conocer a la población guatemalteca, razón por la cual es necesario emitir la presente disposición legal administrativa.
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le asignan los artículos 27 literal m) y 32 literales c) y e) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República,
ACUERDA:
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