ACUERDO GUBERNATIVO  84-2015

Se reforma el segundo considerando del Acuerdo Gubernativo 228-2013, el cual adscribió a favor del Ministerio de Gobernación una finca.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 84-2015

Guatemala, 25 de febrero de 2015


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que de conformidad con el Acuerdo Gubernativo número 228-2013 de fecha 30 de mayo de 2013, se adscribió a favor del Ministerio de Gobernación la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central bajo el número 17236, folio 233 del libro 70 de Transformación Agraria, propiedad de la Nación, ubicada en el kilómetro 277, Sector "A", Parcelamiento Santo Tomás de Castilla, municipio de Puerto Barrios, departamento de Izabal, con la finalidad que se destine a las construcciones necesarias que permitan el resguardo, custodia y eliminación de los precursores químicos.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2014-68238, opinó de manera favorable la reforma del artículo 2 del Acuerdo Gubernativo número 228-2013 de fecha 30 de mayo de 2013, tomando en consideración que según solicitud del Ministerio de Gobernación es necesario que la finca se destine a las construcciones necesarias que permitan el debido desarrollo de las actividades propias de dicho Ministerio, por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO

En el Ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República y con fundamento en los artículos 35, literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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