ACUERDO GUBERNATIVO  62-2015

Se acuerda ceder y transferir una fracción de terreno ubicada en la zona 13, ciudad capital a favor del instituto guatemalteco de turismo "INGUAT".


ACUERDO GUBERNATIVO No. 62-2015

Guatemala, 25 de febrero de 2015


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado.


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas a través del expediente 2014-20484, opinó de manera favorable respecto a la cesión y transferencia de la propiedad sin pago a favor del Instituto Guatemalteco de Turismo -INGUAT-, de una fracción de terreno de 2,461.12 metros cuadrados a desmembrarse de la finca urbana inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central con el número 226, folio 150 del libro 20 de Guatemala, propiedad de la Nación, para las funciones propias de su naturaleza; por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley del Organismo Ejecutivo, 2 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado; 1 literal b) del Acuerdo Gubernativo número 1056-92, Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.


ACUERDA

 
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