RESOLUCIÓN  CG423-180-2014

Resuelve dejar sin efecto el acta de entrega de inmueble de fecha 28-05-1981 realizada por el banco por el banco nacional de vivienda (BANVI) a favor del señor RANDOLFO LEONARDO CRUZ.


RESOLUCIÓN: No. CG423-180-2014


COORDINACIÓN GENERAL DE LA UNIDAD PARA EL DESARROLLO DE VIVIENDA
POPULAR -UDEVIPO- DELMINISTERIO DE COMUNICACIONES, INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Se tiene a la vista el expediente del señor RANDOLFO LEONARDO CRUZ para emitir la resolución que corresponde,


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el Acta de Entrega de Inmueble de fecha veintiocho de mayo de mil novecientos ochenta y uno (28/05/1981) el inmueble ubicado en Lote Treinta y Siete (37) Manzana "G", Treinta (30) Avenida Diecisiete guión Setenta y Uno (17-71) Conjunto Habitacional Los Pinos Zona Dieciocho (18) Municipio de Guatemala, Departamento de Guatemala, fue adjudicado por el Banco Nacional de la Vivienda (BANVI) a favor del señor RANDOLFO LEONARDO CRUZ.


CONSIDERANDO:

Que a la presente fecha el señor RANDOLFO LEONARDO CRUZ, han incumplido con las obligaciones establecidas en la resolución anteriormente identificada, así como las establecidas en el Manual de Normas y Procedimientos Administrativos del Banco Nacional de la Vivienda, el cual establece que: a) El inmueble debe ser habitado exclusivamente por los adjudicatarios compradores y su grupo familiar; y b) Según el dictamen del Departamento Jurídico número DJ guión ciento ochenta guión dos mil catorce (DJ-180-2014) de esta institución, procede emitir la presente resolución.


POR TANTO:

EL DIRECTOR EJECUTIVO IV de la UNIDAD PARA EL DESARROLLO DE VIVIENDA POPULAR (UDEVIPO), con base en lo antes considerado, constancias del expediente respectivo, leyes citadas y con fundamento en lo establecido en el artículo 9 del Decreto número 30-2002; Artículos 1, 2, 3, 5, 6, 7 y 8 del Decreto número 25-04, ambos del Congreso de la República de Guatemala; Artículo 2 del Acuerdo Ministerial número 1031-2002 del Ministro de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda; Artículo 15 Acuerdo Gubernativo número 194-2008 del Presidente de la República de Guatemala; Articulo 52 Acuerdo Gubernativo número 312-2012 del Presidente de la República de Guatemala, y en lo contenido en dictamen jurídico número DJ guión ciento ochenta guión dos mil catorce (DJ-180-2014), del Departamento Jurídico de esta Unidad.


RESUELVE:

 
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