ACUERDO GUBERNATIVO  495-2014

Se acuerda aprobar la distribución analítica del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2015, en el Sistema de Contabilidad Integrada (Sicoin) para la ejecución presupuestaria correspondiente.


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 495-2014

Guatemala, 30 de diciembre de 2014


El Presidente de la República,


CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República, con base en las atribuciones que le confiere las literales a), b) e i), del Artículo 171, de la Constitución Política de la República de Guatemala, emitió el Decreto Número 22-2014 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Implementación de medidas Fiscales, Aprobación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2015 y Aprobación de Financiamiento para el Ejercicio Fiscal 2014.


CONSIDERANDO:

Que para la ejecución presupuestaria, es necesario autorizar la distribución analítica que de conformidad con los clasificadores y categorías programáticas, desagregue hasta el último nivel las asignaciones autorizadas a las distintas Entidades, a fin de que las mismas, a través de los programas y proyectos que les han sido encomendados, realicen la administración pública que les compete, a favor de la sociedad guatemalteca.


CONSIDERANDO:

Que en los Artículos 27 y 75 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, se establece que el Organismo Ejecutivo aprobará mediante Acuerdo Gubernativo la distribución analítica del presupuesto, y que anualmente debe elaborar un presupuesto analítico que contenga el detalle de puestos y sus respectivas remuneraciones, circunstancia por la cual es preciso emitir la normativa correspondiente, y regular los aspectos de ejecución presupuestaria que devienen de la aprobación del presupuesto para el ejercicio fiscal 2015.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere las literales e) y q) del Artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los Artículos 27 y 75 que preceptúa el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto;


ACUERDA:

 
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