ACTA MUNICIPAL  017-2014

Reglamento de construcción del Municipio de Estanzuela, Departamento de Zacapa.


EL CONCEJO MUNICIPAL DE ESTANZUELA, DEPARTAMENTO DE ZACAPA


ACUERDO MUNICIPAL No. 017-2014


CONSIDERANDO:

Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su Jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.


CONSIDERANDO:

Que el artículo 68 inciso m) del Código Municipal establece que es una competencia propia del municipio la autorización de licencias de construcción, modificación y demolición de obras, públicas o privadas, en la circunscripción del municipio y que en el municipio de Estanzuela, es necesario actualizar la normativa que regula el procedimiento que sigue la Municipalidad y los requisitos que deben cumplir los interesados para obtener las licencias de construcción.


POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 253, 254, 255, 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala, y 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 68 inciso m), 142 al 171 del Código Municipal, el Concejo Municipal por unanimidad


ACUERDA:

Emitir el siguiente:


REGLAMENTO DE CONSTRUCCIÓN DEL MUNICIPIO DE ESTANZUELA, DEPARTAMENTO
DE ZACAPA


TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y DE LA LICENCIA

CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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