ACUERDO GUBERNATIVO 397-2014
Se aprueba la ampliación del presupuesto de ingresos y egresos del benemérito cuerpo voluntario de bomberos de Guatemala, correspondiente al ejercicio fiscal 2014.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 397-2014
Guatemala, 6 de noviembre de 2014
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;
CONSIDERANDO:
Que el Benemérito Cuerpo Voluntario de Bomberos de Guatemala (CVB), solicitó autorización para ampliar su Presupuesto de Ingresos y Egresos del presente ejercicio fiscal, para incorporar recursos provenientes de la recaudación del impuesto sobre las primas pagadas por seguro contra, incendios que cubren los dueños de los inmuebles y que se destinará a la compra de insumos críticos y contratación de servicios necesarios para el funcionamiento operativo de las 131 compañías localizadas en los 22 departamentos de la República;
CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento, establecen que cuando se amplíe el presupuesto de las entidades descentralizadas, se realizará por medio de Acuerdo Gubernativo, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas;
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo que establece el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades del Benemérito Cuerpo Voluntario de Bomberos de Guatemala (CVB), serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados con el presente Acuerdo;
CONSIDERANDO:
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen número 610 de fecha 28 OCT. 2014, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución número 3-49 de fecha 30/10/2014, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q); lo que indica el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41, literal a); y lo que establece el Acuerdo Gubernativo número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 44;
ACUERDA:
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