ACTA 64-2014
Reglamento de localización y aval municipal para establecimientos abiertos al publico para el municipio de panajachel, Sololá.
*Se deroga la palabra aval municipal en el presente reglamento y se entenderá por Aval Municipal la palabra Licencia municipal por el artículo 30 Bis adicionado por el Acta Municipal 76-2022.3
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE PANAJACHEL, DEL DEPARTAMENTO DE SOLOLA, CERTIFICA QUE PARA EL EFECTO HA TENIDO A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES DE CONCEJO MUNICIPAL NUMERO CINCUENTA Y CINCO (55), DE LA MUNICIPALIDAD DE PANAJACHEL, EN DONDE SE ENCUENTRA EL ACTA ORDINARIA SESENTA Y CUATRO GUIÓN DOS MIL CATORCE, (64-2014 ORDINARIA) DE FECHA CINCO DE AGOSTO DEL DOS MIL CATORCE, Y QUE EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:
SEXTO: REGLAMENTO DE LOCALIZACIÓN Y *LICENCIA MUNICIPAL PARA ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PÚBLICO PARA EL MUNICIPIO DE PANAJACHEL, DEPARTAMENTO DE SOLOLA.
EL CONCEJO MUNICIPAL DE PANAJACHEL.
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República establece que los municipios son instituciones autónomas, otorgándoles la facultad de obtener y disponer de sus recursos y atender los servicios públicos locales, elordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines.
CONSIDERANDO:
Que el código municipal en su artículo 35 inciso z) regula, que las municipalidades deberán de emitir el dictamen favorable para la autorización de establecimientos que por su naturaleza estén abiertos al público, sin el cual ninguna autoridad podrá emitir la licencia respectiva.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Numero 56-95 del Congreso de la República de Guatemala faculta a las Municipalidades de la República, para que delimiten el área o áreas que pueden ser autorizadas para el funcionamiento de establecimientos abiertos al público.
CONSIDERANDO:
Que el Decreto antes citado establece que la delimitación del área o áreas se realice de conformidad con los reglamentos que las Municipalidades emitan, por lo que se hace necesario emitir el Reglamento correspondiente.
POR TANTO:
Con base en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3,7,9,33,35 literales a),b),d),e),i), 142 y 143 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República.
ACUERDA
Emitir el siguiente,
REGLAMENTO DE LOCALIZACIÓN Y *LICENCIA MUNICIPAL PARA ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PÚBLICO PARA EL MUNICIPIO DE PANAJ ACHEL, DEPARTAMENTO DE SOLOLA.
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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