ACUERDO GUBERNATIVO  257-2014

Aprobar la ampliación al Presupuesto de ingresos de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica


ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 257-2014

Guatemala, 12 de agosto de 2014


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible, destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;


CONSIDERANDO:

Que la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica (ANADIE), solicitó autorización a una ampliación a su Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal Dos Mil Catorce, con el propósito de continuar con diferentes fases de estudios de estructuración de proyectos de infraestructura económica;


CONSIDERANDO:

Que el Decreto Número 101-97 del Congreso, de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, establece que las modificaciones y transferencias de los presupuestos de las entidades descentralizadas, se realizarán por medio de Acuerdo Gubernativo cuando se amplíe o disminuya el presupuesto de las citadas entidades, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas;


CONSIDERANDO:

Que al tenor de lo preceptuado en el Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículos 13, 29 y 29 Bis, la asignación presupuestaria no obliga a la realización de los gastos y las autoridades de la Agencia Nacional de Alianzas para el Desarrollo de Infraestructura Económica (ANADIE), serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados en el presente Acuerdo;


CONSIDERANDO:

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen Número 437 de fecha 30 JUL 2014, emitido por la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución Número 248 de fecha 01/08/2014 del Ministerio de Finanzas Públicas;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo Número 183, literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; el Artículo 41 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto; y el Artículo 44 del Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley;


ACUERDA:

 
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