ACTA MUNICIPAL 31-2014.27
Reglamento para la administración y funcionamiento del servicio municipal de recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos del Municipio de Sibila, Departamento de Quetzaltenango
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE SIBILIA
DEL DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO.
CERTIFICA:
Que en el acta No. 31-2014, de fecha 19 de junio de 2014, se encuentra contenido el punto VIGESIMO SEPTIMO, que copiado literalmente dice:
VIGESIMO SEPTIMO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SIBILIA,
DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO
CONSIDERANDO:
Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República establece que los municipios de la República de Guatemala son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos, atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios.
CONSIDERANDO:
Que el artículo 68 inciso a) del Código Municipal establece que es una competencia propia del municipio formular y coordinar políticas, planes y programas relativos a la recolección, tratamiento y disposición final de desechos y residuos sólidos hasta su disposición final, y que en el municipio de Sibilia es necesario regular la prestación de este servicio.
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 253, 254, 255, 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala y 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 68 inciso a) 72, 73, 74, 75, 100 y 101 del Código Municipal.
ACUERDA:
Aprobar el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO MUNICIPAL DE RECOLECCIÓN,
TRATAMIENTO Y DISPOSICIÓN FINAL DE DESECHOS Y RESIDUOS SÓLIDOS
DEL MUNICIPIO DE SIBILIA
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
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