ACUERDO MINISTERIAL 347-2014
En el procedimiento establecido en el Acuerdo Ministerial 15-2004 "A", Reglamento del Régimen Especial de Clases Pasivas para Pensionados y Beneficiarios del BANVI, debe entenderse como la Secretaría General o Dirección de Asesoría Jurídica.
ACUERDO MINISTERIAL No. 347-2014
Guatemala, 22 de julio de 2014
Ministerio de Finanzas Públicas
CONSIDERANDO
Que el Acuerdo Ministerial número 15-2004 "A" de fecha 2 de abril de 2004, Reglamento del Régimen Especial de Clases Pasivas para Pensionados y Beneficiarios del Banco Nacional de la Vivienda -BANVI- en Liquidación, establece el trámite para la resolución de solicitudes relacionadas con dicho régimen, correspondiendo atribuciones a distintas dependencias.
CONSIDERANDO
Que con la emisión del Acuerdo Gubernativo número 26-2014 que contiene el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas, se realizaron modificaciones sustanciales tanto en la denominación como en las atribuciones de la Dirección de Servicios Administrativos y Unidad de Asesoría Jurídica, razón por la cual es necesario que el diligenciamiento del trámite referido en el considerando anterior, se realicen a través de las dependencias legalmente facultadas para el efecto.
POR TANTO
En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 194 literal a) de la Constitución Política de la República, 27 literal m) del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo, 6, numeral 1 y 124 numerales 1, 2 y 5 del Acuerdo Gubernativo Número 26-2014, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas.
ACUERDA
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