ACUERDO GUBERNATIVO  175-2014

Se acuerda desmembrar a favor del ministerio de salud publica y asistencia social la finca nueva que se forme como resultado de la desmembración dispuestas por el presente acuerdo.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 175-2014

Guatemala, 11 de junio de 2014


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el patrimonio del Estado


CONSIDERANDO

Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2013-34923 (Ref. M-1970-20.11), opinó de manera favorable la desmembración a favor del Estado y su adscripción al Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, de una fracción de terreno de 609.5409 metros cuadrados, que forma parte de la finca rústica inscrita en el Registro General de la Propiedad de la Zona Central, bajo el número 7911, folio 143 del libro 65 de Escuintla, pro piedad de la Nación, para que siga función ando el Puesto de Salud de la Aldea Centro II, municipio de Nueva Concepción, departamento de Escuintla, por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA

 
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