ACTA MUNICIPAL 24-2014.2
Se modifica, aprueba y autoriza el Plan de Tasas, rentas, multas y demás tributos del Municipio de Cabañas, Departamento de Zacapa
EL INFRASCRITO SECRETARIO MUNICIPAL DE CABAÑAS DEPARTAMENTO DE ZACAPA.-
CERTIFICA: TENER A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL No. 28, EN DONDE A FOLIOS DEL 346 AL 355, SE ENCUENTRA EL ACTA No. 24- 2,014 DE FECHA 22 DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE Y LA QUE COPIADA LITERALMENTE DICE:
ACTA NUMERO: 24-2.014 - Sesión Pública Extraordinaria celebrada por la Honorable Corporación Municipal de Cabañas, departamento de Zacapa, cuando son exactamente las Nueve horas en punto del día Jueves Veintidós del mes de Mayo del año Dos Mil Catorce, bajo la presencia del señor Alcalde Municipal, Javier Antonio Ortiz García, con la asistencia de los señores: César Augusto Alvarado Rodas, Hugo Arnoldo Garrido Chamalé, Síndicos Primero y Segundo en su orden; José Fernando Véliz Chamalé, Cipriano Méndez Bustamante, Alfredo Terraza León, Eva Aidee Terraza Escobar, Concejales del Primero al Cuarto respectivamente; presente el Secretario Municipal, Edgar Armando Sosa, que certifica; para dejar constancia de lo siguiente.- PRIMERO: Quien preside, declaró abierta la sesión, dándoles la bienvenida a los asistentes y agradeciéndoles el haber atendido la invitación que se les hiciera, indicándoles que el motivo de la presente es para tratar nuevamente lo relacionado al Plan de Tasas, Rentas, Multas y Demás Tributos que se maneja en esta Municipalidad, en virtud que después de analizado y discutido, es necesario y urgente, Aprobarlo y Autorizarlo para poder contar con un Plan real y actualizado.- SEGUNDO: CONSIDERANDO: Que en el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimento de sus fines propios.- CONSIDERANDO: Que el artículo 72 del Decreto 12-2,002 Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura, de servicios.-CONSIDERANDO: Que el Plan de arbitrios de la Municipalidad de Cabañas, del departamento de Zacapa, por servicios, fue modificado y publicado en el Diario Oficial de la República de Guatemala, el día 24 de Septiembre de 1,981, por lo que ya sus valores son obsoletos y no alcanzan a la municipalidad a cubrir los costos de prestación de los servicios administrativos y públicos municipales.- POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los Artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; y los Artículos 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal, El Honorable Concejo Municipal, Por Unanimidad: ACUERDA:
MODIFICAR, APROBAR Y AUTORIZAR EL PLAN DE TASAS,
RENTAS, MULTAS Y DEMAS TRIBUTOS DEL MUNICIPIO
DE CABAÑAS, DEPARTAMENTO DE ZACAPA.
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