ACUERDO  78-2014

Reformas al Acuerdo de Presidencia de la República Secretaría de Obras Social de la Esposa del Presidente.


ACUERDO INTERNO No. 78-2014

Guatemala, 03 de febrero de 2014


LA SECRETARÍA DE OBRAS SOCIALES DE LA ESPOSA
DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece la publicidad de los actos administrativos y registros estatales, con excepción de las previstas en el artículo 30 del citado texto constitucional.


CONSIDERANDO

Que mediante el Decreto número 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala, que contiene la Ley de Acceso a la Información Pública, cuya naturaleza es establecer normas y procedimientos al derecho de las personas a acceder a la información en poder de la administración pública y a todos los actos o cualquier forma de almacenamiento de datos que se encuentren en los Organismos del Estado, que perciban, inviertan o administren fondos públicos.


CONSIDERANDO

Que la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente de la República, mediante Acuerdo Interno No. 62-2009, de fecha 20 de abril de 2009, creó la Unidad de Información Pública, el cual requiere reformar artículos del Acuerdo Interno antes descrito.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 3 y 9 del Acuerdo Gubernativo 351-94, que contiene el Reglamento de la Secretaría de Obras Sociales de la Esposa del Presidente de la República; artículos 2 y 6, en sus numerales 1, 10, 11, 19, 20, 25, 39 y 68 del Decreto 57-2008 del Congreso de la República de Guatemala, Ley de Acceso a la Información Pública.


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