ACUERDO GUBERNATIVO 106-2014
Se unifica a favor del Estado, las fincas urbanas ubicadas en la 10a. calle y 22 avenida, cantón la Democracia, Zona 3, municipio y departamento de Quetzaltenango
ACUERDO GUBERNATIVO No. 106-2014
Guatemala, 12 de marzo de 2014
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que son bienes del Estado, entre otros, los de dominio público. Asimismo, al Ministerio de Finanzas Públicas le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo el registro y control de los bienes que constituyen el. patrimonio del Estado.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienes del Estado a través del expediente 2012-79141 (Ref. S-2408-2006), opinó de manera favorable respecto a la unificación a favor del Estado de las fincas urbanas inscritas en el Segundo Registro de la Propiedad, bajo los números 11746, 11747 y 11748, folios 246, 247 y 248 todas del libro 38 de Bienes de la Nación, las cuales se encuentran inscritas a nombre de la Nación, que forman un solo cuerpo con un área total de 558.88 metros cuadrados, la cual al momento de su inscripción en dicho Registro, deberá formar finca nueva a favor del Estado y adscribirse a la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República, para que pueda implementar un Centro de Atención Integral en el municipio de Quetzaltenango, por lo que es conveniente emitir la disposición legal correspondiente, la cual es de estricto interés del Estado y como consecuencia, la publicación deberá de efectuarse sin costo alguno.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e) y q) de la Constitución Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 27 literales i) y j); y 35 literal m) del Decreto 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo.
ACUERDA
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