ACTA MUNICIPAL  009-2014

Plan de tasas y arbitrios Municipales de Purulhá, departamento de Baja Verapaz

*Derogado por el Acta Municipal 082-2017.4


ACTA No. 009-2014

El Infrascrito Secretario de la Municipalidad de Purulhá, del Departamento de Baja Verapaz; CERTIFICA: Que para el efecto ha tenido a la vista el Libro de Actas de Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Concejo Municipal, Autorizado por la Contraloría General de Cuentas, Tomo No. 69, en el que a folios, del número 068 al 077 se encuentra la que copiada en su parte conducente dice:


ACTA No. 009-2014.-

Sesión Pública ordinaria celebrada por la Honorable Corporación Municipal del Municipio de Purulhá, del Departamento de Baja Verapaz; el día martes siete de febrero del año dos mil catorce, en el local que ocupa el Salón de Sesiones de la Municipalidad, presidida por el Bachiller Ismael Siquic Xoc, Alcalde Municipal; con la asistencia de los Síndicos Primero y Segundo, señores: José Angel Domínguez Méndez y Daniel Ac Xol, respectivamente; de los Concejales, Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto, en su orden, señores: José Luis Tún -único apellido-, Neftalí Catalino Paredes Pérez, Marlon Gustavo Gabriel Ramazzini, Carlos Guillermo Có Och, Francisco Chú Chón; y con la presencia del Secretario Municipal, Señor David López Ayú; con el propósito de tratar asuntos Municipales de importancia, por lo que siendo las diecisiete horas, se procedió de la manera siguiente:

PRIMERO: ......SEGUNDO:.......TERCERO:.......CUARTO:.......QUINTO:.......SEXTO:. ...SEPTIMO:.....OCTAVO:....NOVENO:....DECIMO:.......DECIMO PRIMERO:......DECIMO SEGUNDO: El Honorable Concejo Municipal, de Purulhá Baja Verapaz


CONSIDERANDO

Que la Municipalidad en el ejercicio de su autonomía garantizada en la Constitución Política de la República de Guatemala, ejerce por medio de sus autoridades el gobierno y la administración de sus intereses, obtiene y dispone de sus recursos patrimoniales, atiende los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y la emisión de sus ordenanzas y reglamento.


CONSIDERANDO

Que los artículos 253, 254 y 2 55 de la Constitución Política de la República de Guatemala, regulan la autonomía municipal y lo referente a la obtención y fortalecimiento de ingresos propios.


CONSIDERANDO

Que el artículo 72 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República, textualmente indica lo siguiente: El Municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales de su circunscripción territorial y, por lo tanto, tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, en términos indicados en los artículos anteriores, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo y, en su caso, la determinación y cobro de tasas y contribuciones equitativos y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios.


CONSIDERANDO

Que el Consejo Municipal de Desarrollo -COMUDE- mediante acta No. 01-2014 de fecha treinta de enero del año dos mil catorce, avaló la legalización del plan de tasas municipales del Municipio de Purulhá Baja Verapaz, con el objeto de cumplir con el principio de legalidad en la obtención y captación de recursos y establecer claramente los montos de dichas tasas para la prestación de los servicios, frutos, productos y rentas. POR TANTO: El Honorable Concejo Municipal con las facultades establecidas en los artículos 253, 254, 255 y 260 de la Constitución Política de la República de Guatemala, 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 33, 35, 72, 99, 100, 102 y 107 del Código Municipal, Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala, por unanimidad de votos al resolver.


ACUERDA

 
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