DECRETO  4-2013

Se modifica la fecha para la repetición de la elección de Corporación Municipal del municipio de Nebaj, departamento de Quiché.


DECRETO NÚMERO 4-2013


EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL


CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Número 1-2013, de fecha 24 de octubre de 2013, este Tribunal, convocó a los ciudadanos del municipio de Nebaj, departamento de Quiché, a la repetición de la elección de Corporación Municipal, que se integrará con: alcalde, dos síndicos titulares, siete concejales titulares, un síndico suplente y tres concejales suplentes, para un período que concluirá el 14 de enero del año 2016, dicha elección se efectuará en un solo día, el domingo 15 de diciembre de dos mil trece;


CONSIDERANDO:

Que en Decreto Número 3-2013, emitido con fecha 9 de diciembre de 2013, este Tribunal modificó la fecha para la repetición de la elección de Corporación Municipal del municipio de Nebaj, departamento de Quiché, establecida en el numeral PRIMERO del Decreto número 1-2013, de fecha 24 de octubre del año precitado, fijándola para el día domingo 26 de enero del año 2014;


CONSIDERANDO:

Que en virtud de la confusión ocasionada por la manifiesta contradicción del Presidente de la Junta Electoral Municipal de Nebaj, departamento de Quiché, en relación a la renuncia de los integrantes de las juntas Receptoras de Votos, no se llevó a cabo la repetición de elección de Corporación Municipal de dicha localidad, el día 15 del presente mes y año, fecha ordenada por medio de amparo provisional; no obstante el Tribunal Supremo Electoral, estaba preparado con toda logística electoral, que incluye el presupuesto necesario, útiles y enseres electorales, transporte terrestre y aéreo, papeletas electorales, padrón electoral y lo relativo a la captura, escaneo y transmisión de resultados;


CONSIDERANDO:

Que este Tribunal ordenó al Inspector General, realizar la investigación correspondiente para determinar si efectivamente renunciaron los integrantes de las Juntas Receptoras de Votos y de establecerse tal extremo, es indispensable su integración y capacitación, toda vez que dichos órganos electorales temporales, son elemento fundamental e indispensable para la repetición de la precitada elección;


CONSIDERANDO:

Que distintos sectores de la sociedad civil del municipio de Nebaj, departamento de Quiché, solicitaron que se nombren nuevos integrantes de la Junta Electoral Municipal y que la señora Ministra de Educación manifestó que el ciclo escolar 2014, dará inicio el día 16 de enero de ese año, lo que dificultaría el uso de los centros educativos como centros de votación para fecha posterior;


CONSIDERANDO:

Que este Tribunal por lo anteriormente relacionado, establece la imperiosa necesidad de modificar la fecha para la repetición de la elección de Corporación Municipal del municipio de Nebaj, departamento de Quiché, debiendo emitirse la disposición que en derecho corresponde;


POR TANTO:

Este Tribunal con fundamento en lo considerado, leyes citadas y en lo que preceptúan los artículos 136,147,154, 175, 223 y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 7, 8, 9, 12,13,15, 18, 20, 97, 98,121,125 inciso v), 131,132,177,178,180,193,194,195,196,197,198,199, 200, 202, 203, 204, 207 y 211 de la Ley Electoral y de Partidos Políticos (Decreto Número 1-85 de la Asamblea Nacional Constituyente y sus reformas); 3, 50, 51, 62 al 69, 124,126, 127,128,136,137,138,139 y 143 del Reglamento de la Ley Electoral y de Partidos Políticos;


DECRETA:

 
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