ACUERDO GUBERNATIVO  429-2012

Se aprueba la ampliación del presupuesto de ingresos del FONDO DE TIERRAS para el ejercicio fiscal 2013.


ACUERDO GUBERNATIVO DE PRESUPUESTO NÚMERO 429-2013

Guatemala, 6 de noviembre de 2013


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo establecido en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;


CONSIDERANDO:

Que el Fondo de Tierras (Fontierras), solicitó autorización para ampliar su Presupuesto de Ingresos y Egresos del presente Ejercicio Fiscal, para incorporar ingresos corrientes Transferidos del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, destinados a otorgar crédito para la producción de granos básicos y otros cultivos agrícolas que contribuyan a la seguridad alimentaria, con lo cual se podra beneficiar a 23,485 familias;


CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento, establecen que las modificaciones de la ejecución de los presupuestos de las entidades descentralizadas con excepción de las autónomas, que impliquen la disminución de los resultados económicos y financieros previstos o la alteración sustancial de la inversión programada o el incremento del endeudamiento autorizado, deben ser analizados y decididos por el Organismo Ejecutivo, oida la opinión del Ministerio de Finanzas Públicas:


CONSIDERANDO

Que de conformidad con lo que establece el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículos 13 y 29, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades del Fondo de Tierras (Fontierras). serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta, y la utilización correcta del crédito aprobado con el presente Acuerdo;


CONSIDERANDO:

Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen número 618 de fecha 24 OCT. 2013, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución número 349 de fecha 25-10-2013, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q); lo que indica el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41; y lo que establece el Acuerdo Gubernativo número 240-98, Reglamento de la citada Ley, Articulo 25;


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 785 veces.
  • Ficha Técnica: 5 veces.
  • Imagen Digital: 5 veces.
  • Texto: 1 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 2 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu