ACUERDO GUBERNATIVO 415-2013
Se acuerda crear el Consejo del Fondo Emergente cuyo objeto es autorizar la distribución de los recursos del Fondo para ser trasladados a las entidades del sector público que correspondan, para mitigar daños ocasionados por fenómenos naturales.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 415-2013
Guatemala, 14 de octubre de 2013
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que el Artículo 1 ° de la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado se organiza para proteger a la persona y a la familia, su fin supremo es la realización del bien común, para lo cual debe adoptar las medidas pertinentes a fin de resguardar la integridad física de la población en general.
CONSIDERANDO
Que de conformidad con el artículo 3 del Acuerdo Gubernativo 105-2012, se creó el Fondo Emergente que tiene por objeto mitigar los daños ocasionados por fenómenos naturales que afecten al país, por lo que en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 71 del Decreto 30-2012 del Congreso de la República de Guatemala, el Organismo Ejecutivo deberá crear un Consejo que determine la distribución del Fondo Emergente. En tal virtud, debe dictarse la disposición legal correspondiente.
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) y 194 literal c) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el artículo 6 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo,
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