ACUERDO GUBERNATIVO 8
Se reforma el acuerdo Gubernativo 3 de fecha 05-02-2013 que contiene el nombramiento de los miembros de la comisión nacional del salario y las comisiones paritarias del salario minino.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 8
Guatemala, 29 de agosto del 2013
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado garantiza la protección económica y Jurídica de la familia, que el régimen laboral de Guatemala debe organizarse conforme a principios de Justicia social y que la fijación periódica del salario mínimo es uno de los derechos sociales mínimos que fundamentan la legislación del trabajo y la actividad de los tribunales y autoridades.
CONSIDERANDO:
Que el Organismo Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, con fecha cinco de febrero de dos mil trece, emitió el Acuerdo Gubernativo número 3, mediante el cual se nombró a los miembros de la Comisión Nacional del Salario y las Comisiones Paritarias de Salarios Mínimos para las Actividades Agrícolas, No Agrícolas y las Actividades Exportadoras y de Maquila, para un periodo de dos años,
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Gubernativo Número 1319, del Presidente de la República de Guatemala en el Artículo 10 estipula: los miembros de la Comisión Nacional del Salario, podrán ser removidos de sus cargos en cualquier tiempo, si la Asociación, Sindicato, Institución o Dependencia que representan así lo decidiera. En cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo Gubernativo anteriormente mencionado los representantes del sector empleador y de trabajadores solicitaron al Ministerio de Trabajo y Previsión Social cambios en sus representantes Titulares y Suplentes de la Comisión Nacional del Salario y las Comisiones Paritarias de Salarios Mínimos para las Actividades Agrícolas, No Agrícolas y las Actividades Exportadoras y de Maquila.
POR TANTO:
En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala, 2, 5, 6, 11 y 13 del Acuerdo Gubernativo número 1319 de fecha 9 de abril de 1968, y, Acuerdos Gubernativos números 776-94 y 777-94 ambos de fecha 23 de diciembre de 1994.
ACUERDA:
SE REFORMA EL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 3,
DE FECHA 5 DE FEBRERO DE 2013,
DONDE SE NOMBRAN A LOS MIEMBROS DE LA
COMISIÓN NACIONAL DEL SALARIO Y LAS COMISIONES
PARITARIAS DE SALARIOS MÍNIMOS PARA LAS ACTIVIDADES
AERÍCOLAS, NO AGRÍCOLAS Y LAS ACTIVIDADES
EXPORTADORAS Y DE MAQUILA, EL CUAL QUEDA ASI:
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