ACUERDO GUBERNATIVO  389-2013

Reforma al Acuerdo Gubernativo 51-2012, el cual exonera hasta el 15 de septiembre de 2013, el cien por ciento de las multas, a toda persona individual o jurídica que incurra en algunas de las infracciones aduaneras administrativas.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 389-2013

Guatemala, 12 de septiembre de 2013


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que mediante Acuerdo Gubernativo Número 51-2012 de fecha 16 de marzo de 2012, reformado por los Acuerdos Gubernativos Números 121-2012, 224-2012, 317-2012, 127-2013 y 237-2013, de fechas 13 de junio, 13 de septiembre y 12 de diciembre del año 2012, 7 de marzo y 13 de junio de 2013, respectivamente, se acordó exonerar, hasta el 15 de septiembre de 2013, el cien por ciento (100%) de las multas, a toda persona individual o jurídica que incurra en algunas de las infracciones aduaneras administrativas sancionadas con multa que establece la Ley Aduanera Nacional, contenida en el Libro III del Decreto Número 10-2012 del Congreso de la República.


CONSIDERANDO

Que el plazo de exoneración acordado en los Acuerdos Gubernativos relacionados en el considerando que antecede está por vencerse y en vista de que persisten las causas por el cual se estableció el mismo, es necesario ampliarlo, por lo que es procedente emitir la disposición legal correspondiente.


POR TANTO

En el ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183 literales e), q) y r) de la Constitución Política de la República de Guatemala.


ACUERDA

Emitir la siguiente:


REFORMA AL ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 51-2012, DE FECHA 16 DE MARZO DE 2012.

 
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