ACUERDO GUBERNATIVO  340-2013

Se acuerda declarar de interés nacional la contratación para la adquisición de armas de fuego de diferentes tipos de Calibres para uso de la dirección general de la PNC.


ACUERDO GUBERNATIVO 340-2013

Guatemala, 20 de agosto de 2013


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO

Que la Constitución Política de la República, establece que es deber del Estado garantizar a todas las personas la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona, y en ese contexto es función del Ministerio de Gobernación, a través de la Dirección General de la Policía Nacional Civil, como institución profesional armada, cumplir con ese mandato Constitucional a través de los elementos policiales dotados con los equipos e insumos necesarios que les permitan desarrollar sus actividades en beneficio y resguardo de la población.


CONSIDERANDO

Que el artículo 44, numeral 1 subnumerales 1.3 y 1.3.1 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado, faculta al Presidente de la República para que, en Consejo de Ministros a través de un Acuerdo por excepción, permita realizar compras y contratación de bienes, suministros, obras y servicios que sean necesarios y urgentes para resolver situaciones de interés nacional o beneficio social; asimismo, el Estado cuenta con los recursos financieros dentro del Presupuesto de ingresos y Egresos del Ministerio de Gobernación a través de la Dirección General de la Policía Nacional Civil para el presente Ejercicio Fiscal y contando con las Bases de Contratación, Especificaciones Generales y Técnicas, Disposiciones Especiales y fuente de financiamiento y habiéndose obtenido los dictámenes respectivos, es procedente dictar la disposición legal correspondiente.


POR TANTO

En ejercicio de las funciones que le confiere el Artículo 183 literales a), e) y q) y 195 de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en los artículos: 16, 17 y 36 de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114- 97 del Congreso de la República; 44 numeral 1, subnumerales 1.3 y 1.3.1 del Decreto número 57-92 del Congreso de la República, Ley de Contrataciones del Estado y 18 de su Reglamento, Acuerdo Gubernativo número 1056-92 de fecha 22 de diciembre de 1992.


EN CONSEJO DE MINISTROS


ACUERDA

 
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