ACUERDO GUBERNATIVO 332-2013
Se acuerda emitir la aplicación del presupuesto de ingresos del instituto nacional de comercialización Agricola, correspondiente al ejercicio fiscal 2013.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 332-2013
Guatemala, 12 de agosto de 2013
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, aprobado para cada ejercicio fiscal, de conformidad con lo preceptuado en la misma, incluirá la estimación de todos los ingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto es obligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo común indivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos;
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Nacional de Comercialización Agrícola (Indeca), solicitó autorización para ampliar su Presupuesto de Ingresos y Egresos del presente Ejercicio Fiscal, para incorporar recursos de la Administración Central provenientes de una transferencia corriente del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación, destinados a cubrir las erogaciones por arternación, traslado y almacenaje de alimentos, para la población afectada por la Roya del Café;
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica del Presupuesto y su Reglamento establecen que en el caso de las entidades autónomas y de la Administración Central, las modificaciones presupuestarias referidas a transferencias que no afecten gastos, deberán ser aprobadas por la autoridad superior de la entidad, previa opinión del Ministerio de Finanzas Públicas y aprobación del Organismo Ejecutivo.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo que establece el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículos 13 y 29, la asignación no obliga a la realización de los gastos y las autoridades del Instituto Nacional de Comercialización Agrícola (Indeca), serán autorizadores de egresos en cuanto a su respectivo presupuesto, por lo que, queda bajo su responsabilidad la ampliación presupuestaria propuesta y la utilización correcta de los créditos aprobados con el presente Acuerdo;
CONSIDERANDO:
Que se llenaron los requisitos legales correspondientes y tomando en cuenta el Dictamen número 416 de fecha 2 4 JUL. 2013, de la Dirección Técnica del Presupuesto y la Resolución número 227 de fecha 26/07/2013, emitida por el Ministerio de Finanzas Públicas;
POR TANTO:
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala en el Artículo 183, literales e) y q); lo que indica el Decreto número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 41; y lo que establece el Acuerdo Gubernativo número 240-98, Reglamento de la citada Ley, Artículo 25;
ACUERDA:
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