ACUERDO MINISTERIAL  159-2013

Se aprueba e institucionaliza el "Protocolo de la Inspección General de Trabajo para la detención y referencia de casos de trata de personas".

*Derogado por el artículo 6 del Acuerdo Ministerial 186-2015 del Viceministro de Administración de trabajo de fecha 12-11-2015


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 159-2013

Guatemala, 22 de julio de 2013


EL MINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que es un deber del Ministerio de Trabajo y Previsión Social, generar las condiciones para brindar una adecuada protección a los trabajadores y trabajadoras de toda la República de Guatemala, verificar el cumplimiento de la legalidad laboral, así como proporcionar a los Inspectores de Trabajo la adecuada información para el desempeño de sus funciones.


CONSIDERANDO:

Que el Estado de Guatemala ratificó el 13 de febrero del año 1952 el Convenio Número 81 sobre la Inspección del Trabajo en la Industria y el Comercio, y en fecha 20 de mayo de 1994 el Convenio Número 129 sobre la inspección del Trabajo en la Agricultura, ambos de la Organización Internacional del Trabajo, instrumentos de cumplimiento obligatorio dentro del Sistema de Inspección del Trabajo.


CONSIDERANDO:

Que el Estado de Guatemala asumió el compromiso de prevenir y combatir la Trata de Personas al ratificar en el año 2004 el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, así como de suprimir el trabajo forzoso a través de la ratificación en 1989 del Convenio número 29 sobre el Trabajo Forzoso, en 1959 del Convenio Número 105 sobre la abolición del Trabajo Forzoso y en el año 2001 al ratificar el Convenio 182 sobre las peores formas de trabajo infantil, todos de la Organización Internacional del Trabajó.


CONSIDERANDO

Que el sistema de inspección del trabajo, se aplica a los centros de trabajo en general que ocupen trabajadores asalariados o aprendices, cualesquiera que sean la forma de su remuneración y la forma o duración de su contrato de trabajo.


CONSIDERANDO:

Que con el fin de fortalecer el sistema de Inspección del Trabajo en los centros de trabajo a cuyo respecto los Inspectores y las Inspectoras de Trabajo, están encargados de velar por el cumplimiento de las disposiciones legales relativas a las condiciones de trabajo y a la protección de los trabajadores en el ejercicio de su profesión u oficio, se considera que es importante unificar criterios y técnicas que permitan hacer aún más eficiente el trabajo que efectúan los Inspectores de Trabajo a través de sus protocolos.


CONSIDERANDO:

La necesidad de contar con rutas seguras y procedimientos establecidos para la Identificación y referencia de casos de trata de personas, especialmente en la modalidad de trabajo forzoso o explotación laboral, se desarrolla en noviembre de 2012 el Seminario denominado "Trata de personas con fines de trabajo forzoso y explotación laboral" con Inspectores de Trabajo e investigadores de la Policía Nacional Civil promovido por la Secretaría Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas, el Ministerio de Trabajo y Previsión Social y el Ministerio de Gobernación con el apoyo de la Organización Internacional del Trabajo, el gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica y la República de Francia, de donde surgen los insumos para la construcción del "Protocolo de la Inspección General de Trabajo para la detección y referencia de casos de trata de personas".


POR TANTO:

Con fundamento en lo considerado y en lo preceptuado en los artículos 102 literal i), 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; Convenios 81 sobre la Inspección de Trabajo en la Industria y el Comercio, y el Convenio 129 relativo a la Inspección de Trabajo en la Agricultura ratificado de la Organización Internacional del Trabajo; Artículo 40 literal g) de la Ley de Organismo Ejecutivo; Artículos 274, 276, 278, 279, 280 y 281 del Código de Trabajo; Artículos 1, 2, 3 numerales 3) y 8), 8 numeral 4), 10 numeral 1) del Acuerdo Gubernativo 215-2012, Reglamento Orgánico del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.


ACUERDA:

 
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