ACUERDO 35-2013
Se acuerda competencia para otorgar medidas de seguridad de la Ley Contra el Femicidio y otras violencias contra la Mujer.
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
ACUERDO NÚMERO 35-2013
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona y que es su deber garantizar a los habitantes de la república la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral.
CONSIDERANDO:
Que constitucionalmente el Organismo Judicial es el encargado de impartir justicia pronta y cumplida, garantizando la actuación jurisdiccional con la debida diligencia y el derecho de acceso a la justicia con el objeto de prevenir, sancionar y reparar los actos de violencia que son víctimas las mujeres, aplicando los principios procesales de celeridad, concentración, sencillez, disposición e inmediación en la aplicación de la Ley contra el Femicidio y otras formas de violencia contra la Mujer.
POR TANTO:
Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos: 3, 203, 204, y 205 inciso a) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 51, 52, 54 inciso e), 57, 58, 74, 77 y 94 de la Ley del Organismo Judicial, Decreto número 2-89 del Congreso de la República; 1, 9 y 13 de la Ley Contra el Femicidio y otras Formas de Violencia Contra la Mujer, Decreto número 22-2008 del Congreso de la República,
ACUERDA:
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