RESOLUCIÓN  JM-61-2013

Reglamento de otorgamiento de Crédito a los Bancos del sistema, de conformidad con la Ley Orgánica del Banco de Guatemala


JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN
JM-61-2013

Inserta en el Punto Sexto a) del Acta 22-2013, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 19 de junio de 2013.

PUNTO SEXTO a): Solicitud a la Junta Monetaria para que emita el Reglamento para el Otorgamiento de Crédito a los Bancos del Sistema, de conformidad con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala.

RESOLUCIÓN JM-61-2013. Conocido el Dictamen Conjunto BG-SB 1/2013, del Banco de Guatemala y de la Superintendencia de Bancos, del 29 de mayo de 2013, mediante el cual se eleva a consideración de esta Junta la solicitud para que emita el Reglamento para el Otorgamiento de Crédito a los Bancos del Sistema, de conformidad con el artículo 48 de la Ley Orgánica del Banco De Guatemala.


LA JUNTA MONETARIA:

CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Número 26-2012 del Congreso de la República de Guatemala se reformó el artículo 48 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, el cual regula la función de prestamista de última instancia asignada al Banco Central, reforma que incluyó lo relativo a que la Junta Monetaria, a propuesta del Banco de Guatemala, reglamente lo previsto en dicho artículo; CONSIDERANDO: Que las reformas a la función de prestamista de última instancia asignada al Banco Central, vienen a fortalecer la red de seguridad bancaria, teniendo presente las principales lecciones aprendidas en las recientes crisis bancarias internacionales, en cuanto a que el Banco de Guatemala cuente con mayor margen de maniobra para dotar de liquidez a los bancos del sistema, lo que coadyuva a preservar la estabilidad financiera y procurar el buen funcionamiento del sistema de pagos, por lo que se estima conveniente emitir el reglamento propuesto y derogar la resolución JM-50-2005, del 2 de marzo de 2005,


POR TANTO:

Con fundamento en lo dispuesto en los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3,4, 13,26,48 y 87 de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, así como tomando en cuenta el Dictamen Conjunto BG-SB 1/2013 del Banco de Guatemala y de la Superintendencia de Bancos, del 29 de mayo de 2013,


RESUELVE:

 
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