ACUERDO MINISTERIAL  159-2013

Se acuerda otorgar Autorización a la entidad TRANSPORTES ELÉCTRICOS DEL SUR, S.A., para prestar servicio de transporte de electricidad.


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 159-2013

Guatemala, 17 de mayo de 2013


EL MINISTRO DE ENERGÍA Y MINAS


CONSIDERANDO:

Que ante la Dirección General de Energía, dependencia del Ministerio de Energía y Minas, fue presentada la Solicitud con sus respectivos anexos por parte de la entidad TRANSPORTES ELÉCTRICOS DEL SUR, SOCIEDAD ANÓNIMA, de Autorización Definitiva para utilizar Bienes de Dominio Público para la prestación del servicio de transporte de electricidad, del proyecto denominado "Línea de Transmisión de Energía Eléctrica de 230 kV y Subestaciones de Transmisión e Interconexión de Ingenio Magdalena, S. A., y Transportes Eléctricos del Sur. Sociedad Anónima", la línea de transporte tendrá una longitud aproximada de 26.6 Kilómetros, con un nivel de tensión de 230 kV, ubicada en los municipios de La Democracia, La Gomera y Siquinalá, todos del departamento de Escuintla, para un plazo de cincuenta años, conteniendo la misma su respectiva información técnica y legal aplicable al caso.


CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo regulado en el Acuerdo Ministerial número AG-110-2002, la Ley General de Electricidad y su Reglamento, la referida solicitud fue debidamente calificada, estableciéndose que cumple los requisitos técnicos y legales, de acuerdo a las actuaciones que obran en el expediente; por lo que corresponde emitir el Acuerdo Ministerial de autorización respectivo.


CONSIDERANDO:

Que dentro de las presentes diligencias obra la resolución de aprobación del Estudio de impacto Ambiental del proyecto denominado "Línea de Transmisión de Energía Eléctrica de 230 kV y Subestaciones de Transmisión e Interconexión de Ingenio Magdalena, S. A., y Transportes Eléctricos del Sur, Sociedad Anónima", emitida por la Unidad de Calidad Ambiental de la Dirección General de Gestión Ambiental y Recursos Naturales del Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales número 062-2007/ECM/csc, del cinco de enero de dos mil siete.


POR TANTO:

En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 28 y 121 de la Constitución Política de la República; 22, 27, literal m) y 34 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República; 1, 2, 3, 6, 7, 8, 10, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19 y 21 de la Ley General de Electricidad; 4, 5 y 10 del Reglamento de la Ley General de Electricidad; Acuerdo Ministerial número AG-110-2002; 4 literal h) y 6 literal b) del Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Energía y Minas.


ACUERDA:

 
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