ACTA MUNICIPAL 010-2013.19
Reglamento para la administración y prestación del servicio de abastecimiento de agua y alcantarillado del Municipio de Río Blanco, Departamento de San Marcos
ACTA No. 010-2013 PUNTO DÉCIMO NOVENO
El Infrascrito Secretario Municipal del municipio de Rio Blanco, departamento de San Marcos,
CERTIFICA: Que tiene a la vista el Libro No. 17 de Actas de Sesiones Municipales, que se lleva en esta oficina, donde aparece el Acta No. 010-2013 de Sesión Ordinaria de fecha dos de mayo del año dos mil trece, en la que obra el punto resolutivo que copiado literalmente dice:
"DECIMO NOVENO": EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE RIO BLANCO, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS, CONSIDERANDO: Que el artículo 253 de la Constitución Política de la República, establece que los municipios de la República de Guatemala, son instituciones autónomas. Entre otras funciones les corresponde obtener y disponer de sus recursos; y atender los servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción y el cumplimiento de sus fines propios. CONSIDERANDO: Que el artículo 72 del Código Municipal establece que el municipio debe regular y prestar los servicios públicos municipales, por lo tanto tiene competencia para establecerlos, mantenerlos, ampliarlos y mejorarlos, garantizando un funcionamiento eficaz, seguro y continuo, para lo que tiene la facultad de determinar y cobrar tasas y contribuciones equitativas y justas. Las tasas y contribuciones deberán ser fijadas atendiendo a los costos de operación, mantenimiento y mejoramiento de calidad y cobertura de servicios. CONSIDERANDO: Que a pesar de que en el municipio de Río Blanco, San Marcos se presta el servicio público Municipal de abastecimiento de agua potable y alcantarillado es necesario reformar el reglamento que lo regule, estableciendo normas claras sobre su administración, su uso y los derechos y deberes de la Municipalidad y los vecinos al respecto. POR TANTO: Con fundamento en lo considerado y lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254 y 255 de la Constitución Política de la República; 3, 33, 35, 68, 72, 100 y 101 del Código Municipal (Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala), por unanimidad:
ACUERDA:
Aprobar el siguiente:
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA Y ALCANTARILLADO
DEL MUNICIPIO DE RIO BLANCO, DEPARTAMENTO DE SAN MARCOS
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES Y ADMINISTRACIÓN
CAPÍTULO ÚNICO
OBJETO, PRINCIPIOS Y ADMINISTRACIÓN
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