DECRETO DEL CONGRESO  99-70

Ley Orgánica del Banco Nacional de Desarrollo Agrícola.

DECRETO No. 99-70

El Congreso de la República de Guatemala,

CONSIDERANDO:

Que es responsabilidad del Gobierno fomentar las actividades agrícolas y pecuarias en el país a fin de promover el desarrollo económico y social de la Nación;

CONSIDERANDO:

Que para tales fines, es necesario que el Gobierno provea la asistencia crediticia, financiera, administrativa y técnica, fundamentalmente orientada al pequeño y mediano agricultor, otorgada en condiciones adecuadas a sus necesidades y características;

CONSIDERANDO:

Que es conveniente y necesario coordinar por medio de una sola entidad las actividades crediticias y financieras realizadas por el Gobierno para el desarrollo agrícola nacional;

CONSIDERANDO:

Que la entidad a la que se encomiende proveer la asistencia crediticia y financiera del Gobierno para el desarrollo agrícola nacional debe ser dotada de la autonomía, capacidad jurídica y el patrimonio necesarios para el cumplimiento de sus fines,

POR TANTO,

En uso de las atribuciones que le confiere el artículo 170, inciso 1o. de la Constitución de la República,

DECRETA:

La siguiente,

Ley Orgánica del Banco Nacional
De Desarrollo Agrícola

TITULO I

CAPITULO UNICO

Disposiciones generales

 
...
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