RESOLUCIÓN CNEE-7-2013
Se modifican los valores máximos del Peaje Secundario establecidos en la Resolución CNEE-2-2013
Derogado por Resolución CNEE-11-2015
Derogado por Resolución CNEE-10-2015
Derogado por Resolución CNEE-8-2015
Derogado por Resolución CNEE-9-2015
Derogado por RESOLUCIÓN CNEE-7-2015
RESOLUCIÓN CNEE-7-2013
Guatemala, 18 de enero de 2013
LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 93-96 del Congreso de la República, Ley General de Electricidad, en su artículo 4 le asigna a la Comisión Nacional de Energía Eléctrica, entre otras funciones, cumplir y hacer cumplir la Ley General de Electricidad y sus reglamentos, en materia de su competencia; velar por el cumplimiento de las obligaciones de los adjudicatarios y concesionarios, proteger los derechos de los usuarios; definir las tarifas de transmisión y distribución sujetas a regulación de acuerdo a la presente ley, así como la metodología para el cálculo de las mismas.
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento a la normativa legal vigente, la Comisión Nacional de Energía Eléctrica con fecha diez de enero de dos mil trece emitió la resolución CNEE-2-2013, que contiene la fijación de los valores máximos del Peaje Secundario de Empresa de Transporte y Control de Energía Eléctrica del INDE; Transportista Eléctrica Centroamericana, Sociedad Anónima; Duke Energy Guatemala Transco Limitada; Redes Eléctricas de Centroamérica, Sociedad Anónima; y Transporte de Electricidad de Occidente, misma que fue publicada en el Diario de Centro América el catorce de enero de dos mil trece.
CONSIDERANDO:
Que con fecha diez de enero del año en curso, el Administrador del Mercado Mayorista remitió a esta Comisión información referente a la conformación de los Sistemas Secundarios para su liquidación; así mismo, con fecha diecisiete de enero de dos mil trece, la Empresa de Transporte y Control de Energía Eléctrica del INDE y Transporte de Electricidad de Occidente, información adicional relevante para el análisis y fijación del peaje, lo cual conlleva a que se modifiquen los valores establecidos por la Comisión Nacional de Energía Eléctrica en la Resolución CNEE-2-2013 y la respectiva asignación de los Sistemas Secundarios.
POR TANTO:
La Comisión Nacional de Energía Eléctrica con base en lo considerado, artículos citados y en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 4 de la ley General de Electricidad.
RESUELVE:
- Buscado: 7,235 veces.
- Ficha Técnica: 9 veces.
- Imagen Digital: 9 veces.
- Texto: 8 veces.
- Formato PDF: 0 veces.
- Formato Word: 5 veces.