ACTA MUNICIPAL  080-2012.4

Se autoriza que se realicen cobros por concepto de LICENCIA MUNICIPAL DE CONSTRUCCIÓN, en Municipio de Escuintla, Departamento de Escuintla


ACTA NÚMERO 080-2012 PUNTO CUARTO


El Infrascrito Secretario de la Municipalidad del municipio de Escuintla, departamento de Escuintla

CERTIFICA: Que en el acta número CERO OCHENTA GUIÓN DOS MIL DOCE (080-2012) de la sesión pública ordinaria celebrada por el Concejo Municipal con fecha TREINTA DE AGOSTO DEL DOS MIL DOCE (2012), se encuentra el punto CUARTO, que dice:

"-CUARTO: Se tiene a la vista del Honorable Concejo Municipal, el Dictamen que copiado literalmente dice: Dictamen 019/2012. COMISION DE URBANISMO DEL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ESCUINTLA; A veintinueve del mes de Agosto del año dos mil doce. ASUNTO. MODIFICACIÓN AL CONCEPTO DE AVAL DE CONSTRUCCION CON FUNDAMENTO EN EL DECRETO 14-2012 DE FECHA 21 DE AGOSTO 2012. HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL; El Concejo Municipal de la Municipalidad del municipio de Escuintla, con fundamento en lo que para el efecto preceptúan los artículos 253, 254, 255 y 259 de la Constitución Política de la República de Guatemala; artículos 1, 2, 3, 6, 7, 9, 33, 35, 68 y 69 del Código Municipal (Decreto Número 12- 2002 del Congreso de la República) en resolución contenida en el Punto Séptimo del acta número 008-2008 de la sesión celebrada con fecha 07 de febrero año 2008, aprobó el REGLAMENTO DE CONSTRUCCION, URBANISMO Y ORNATO PARA EL MUNICIPIO DE ESCUINTLA el cual fue debidamente publicado en el Diario de Centro América número 74 de fecha 19 de febrero año 2008, estableciéndose en el CAPITULO V artículo 18 los requerimientos para la obtención de LICENCIA MUNICIPAL DE CONSTRUCCION, sin embargo el Concejo Municipal considerando que el Decreto número 22-2010 del Congreso de la República modificó el artículo 100. anulando de esta manera el concepto de Licencia de Construcción, por esa razón el Concejo Municipal tomando en consideración que es necesario obtener los ingresos para atender los servicios esenciales del municipio, en resolución contenida en el Punto Sexto del acta número 070-2010 de la sesión celebrada con fecha 23 de Junio del año 2010 acordó CREAR EL ARTICULO TRANSITORIO NUMERO UNO del referido reglamento de construcción del municipio de Escuintla el cual debe leerse de la siguiente manera: Se modifica la frase: "LICENCIA DE CONSTRUCCION EN TODOS LOS ARTICULOS DEL REGLAMENTO DONDE APAREZCA DICHA FRASE, y a cambio debe leerse: AVAL MUNICIPAL POR CONSTRUCCION, acuerdo que también fue publicado en el Diario de Centro América de fecha 12 de agosto del año 2010, acuerdo con el cual se ha venido cobrando el aval municipal por construcción. En el Diario de Centro América de fecha 21 de agosto 2012, se publicó el Decreto 14-2012 por medio del cual se REFORMA el Decreto 12-2002 del Congreso de la República de la siguiente manera: ARTICULO 1. Se adiciona la literal m) al artículo 68 la cual queda así: m) Autorización de la licencias de construcción, modificación y demolición de obras públicas o privadas, en la circunscripción del municipio. Por lo anterior, esta Comisión de Urbanismo nos permitimos hacerlo del conocimiento del Honorable Concejo Municipal y de esta manera realizar los cobros respectivos por concepto de LICENCIA MUNICIPAL DE CONSTRUCCION en los términos establecidos en el REGLAMENTO DE CONSTRUCCION, URBANISMO Y ORNATO PARA EL MUNICIPIO DE ESCUINTLA y proceder a derogar el Punto Sexto del acta número 070-2010, y modificar el artículo número uno de Reglamento de Construcción, Urbanismo y Ornato para el municipio de Escuintla, el cual debe leerse de la siguiente manera: Se modifica la frase "AVAL MUNICIPAL POR CONSTRUCCION EN TODOS LOS ARTICULOS DEL REGLAMENTO INDICADO DONDE APAREZCA DICHA FRASE". Sin más que agregar, es conveniente a resolver, salvo mejor criterio del Honorable Concejo Municipal. COMISION DE URBANISMO Ing. Flavio Welmer Reyes Rodas, Concejal Primero José Arturo Gonzáles Zarceño, Concejal Segundo. P.C. Jorge Abraham Barillas Molina, Concejal Tercero. Lic. Oscar Aníbal Rodríguez García, Concejal Décimo. Ing. Boris Darío de Villa Castro, Concejal Tercero, Oscar Eduardo Itzep Flores, Sindico Segundo. Por lo que de conformidad con los artículos 1, 2, 3, 33, 35, 53, 54 literal c), 67, 68 literal m) y 72 del Código Municipal y sus Reformas Decreto Número 14-2012 del Congreso de la República de Guatemala, 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala, el Honorable Concejo Municipal, después de deliberar, al resolver por unanimidad, ACUERDA:

 
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