EXPEDIENTE 5026-2012
Se decreta la suspensión provisional del Oficio Circular 20/EFMP/ae-1581-2012
EXPEDIENTE 5026-2012
Oficial 1°. de Secretaría.
Asunto:
inconstitucionalidad de ley de carácter general, total. Solicitante:
Sergio Antonio Escobar Esteban. Disposición Impugnada:
Oficio Circular número veinte / EFMP / ae - un mil quinientos ochenta y uno - dos mil doce (20/EFMP/ae-1581-2012), de fecha veinte de septiembre del año dos mil doce, emitido por la Dirección General de Control de Armas y Municiones del Ministerio de la Defensa Nacional.
CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD: Guatemala, cinco de diciembre de dos mil doce.
Se tiene a la vista para resolver, la acción de inconstitucionalidad de ley de carácter general, total, que promovió Sergio Antonio Escobar Esteban, con el objeto de impugnar el Oficio Circular número veinte / EFMP / ae - un mil quinientos ochenta y uno - dos mil doce (20/EFMP/ae-1581-2012), de fecha veinte de septiembre del año dos mil doce, emitido por la Dirección General de Control de Armas y Municiones del Ministerio de la Defensa Nacional.
CONSIDERANDO
El artículo 138 de la Ley de Amparo. Exhibición Personal y de Constitucionalidad establece: "...la Corte de Constitucionalidad deberá decretar, de oficio y sin formar artículo, dentro de los ocho días siguientes a la interposición, la suspensión provisional de la ley, reglamento o disposición de carácter general si, a su juicio, la inconstitucionalidad fuere notoria y susceptible de causar gravámenes irreparables.
La suspensión tendrá efecto general y se publicará en el Diario Oficial al día siguiente de haberse decretado. ".
En el presente caso, esta Corte estima que concurren los supuestos que prevé la norma legal precitada, razón por la cual se decreta la suspensión provisional de la disposición impugnada, como se indica en la parte resolutiva del presente auto.
CITA DE LEYES
Artículo citado y 139 de la Ley de Amparo, Exhibición Personal y de Constitucionalidad.
POR TANTO
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