PUNTO RESOLUTIVO 3-2012
Se resuelve emitir una declaración pública para exhortar al Gobierno Federal de los Estados Unidos de América y al Presidente Barack Obama, para que resuelva la aprobación del Estatuto de Protección Temporal, TPS, para los ciudadanos guatemaltecos.
PUNTO RESOLUTIVO NÚMERO 3-2012
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala, el Estado se organiza para proteger a la persona y tiene como deber fundamental el garantizar la vida, la justicia y seguridad de todos los habitantes del país, sin exclusión alguna.
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Presidente de la República dirigir la política exterior; y que Guatemala normará sus relaciones internacionales con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz, la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos; y que mantendrá relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con otros Estados.
CONSIDERANDO:
Que Guatemala y los Estados Unidos de América, con el resto de países del continente se han propuesto lograr un orden de paz y de justicia, fomentar su solidaridad, robustecer su colaboración; y que históricamente las relaciones entre ambos países son de amistad y cooperación mutua.
CONSIDERANDO:
Que el desplazamiento de personas de un país a otro, es un fenómeno inherente a la cultura humana, con aristas económicos, culturales, políticos y sociales; y en Guatemala en virtud de la proximidad de economías más desarrolladas que ofrecen mejores oportunidades de desarrollo, constantemente se da este fenómeno, el que aunado a la existencia de problemas sociales en el país, agravados por el embate de desastres naturales, como el terremoto ocurrido en el occidente del país el día siete de noviembre del año en curso, facilita la migración, y tomando en cuenta que un aproximado de un millón y medio de guatemaltecos residen y trabajan en el extranjero, siendo su principal destino el territorio de los Estados Unidos de América, este Gobierno debe gestionar el otorgamiento del TPS, de modo que el mismo les permita trabajar y enviar la ayuda a las familias afectadas, lo cual redundará en beneficio total en las tareas de reconstrucción nacional.
POR TANTO:
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 107 de la Ley Orgánica del Organismo Legislativo, Decreto Número 63-94 del Congreso de la República,
RESUELVE:
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