ACUERDO MINISTERIAL  880-2012

Se acuerda coordinar con el Instituto Nacional de Estadística; Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia y el apoyo de la Cooperación Internacional, para la realización de la Sexta Encuesta de Salud Materno Infantil.


ACUERDO MINISTERIAL No. 880-2012

Guatemala, 30 de octubre de 2012


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala, establece que cada Ministerio estará a cargo de un Ministro de Estado, quien tendrá entre sus funciones dirigir, tramitar, resolver e inspeccionar todos los negocios relacionados con su Ministerio. De igual forma, en atención a lo regulado en la Ley del Organismo Ejecutivo, los Ministros de Estado y, en el presente caso el titular de la cartera de Salud podrá mediante acuerdo ministerial, apoyar las acciones necesarias para obtener información actualizada y confiable que permita una efectiva modernización y coordinación de los programas y servicios que se prestan a la población, a efecto de lograr universalidad en la cobertura. Asimismo el Código de Salud, hace referencia al sistema de información nacional en salud, como el conjunto de datos estadísticos e informes sobre la situación de salud y sus tendencias, la productividad, cobertura y costos. El Ministerio de Salud y el Instituto Nacional de Estadística -INE- reglamentarán su organización y funcionamiento según su campo de acción.


CONSIDERANDO:

Que las cinco Encuestas Nacionales de Salud Materno Infantil (ENSMI) que se han realizado, se han constituido en una fuente de información confiable que permite conocer la tendencia que a trabes del tiempo, han tomado indicadores de la salud materno infantil, salud reproductiva, lactancia y nutrición; proporcionando además información de temas relacionados con enfermedades de de transmisión sexual, VIH/SIDA, como también violencia intrafamiliar; y la incorporación de un modulo completo dirigido a hombres de 15 a 59 años.


CONSIDERANDO

Que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social ha orientado sus acciones hacia la reducción de los indicadores de morbilidad y mortalidad de la niñez, así como de la mujer, que para dicho fin debe contar con información confiable y oportuna para la correcta toma de decisiones. En virtud de lo anterior el presente Acuerdo Ministerial contiene disposiciones consideradas necesarias y de interés para el Estado;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones y con fundamento en los Artículos 93, 94, 95 y 194 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala; Artículo 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto 114-97 del Congreso de la República y el Artículo 53 del Código de Salud, Decreto 90-97 del Congreso de la República.


ACUERDA:

 
...
Consultas:
  • Buscado: 5,208 veces.
  • Ficha Técnica: 19 veces.
  • Imagen Digital: 19 veces.
  • Texto: 17 veces.
Descargas:
  • Formato PDF: 0 veces.
  • Formato Word: 3 veces.
Etiquetas:

Deje un comentario commentÚltimos comentarios públicos
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

Deje un comentario commentÚltimos comentarios privados
    comment Aún no hay comentarios para la publicación.

    Usted puede ser el primero en dejar un comentario.

mode_editEscriba su Comentario:
Información importante! Usted puede dejar un comentario sobre esta publicación y decidir si la desea hacer pública.

menu
menu