ACTA MUNICIPAL  40-2012.3

Se acuerda aprobar REGLAMENTO MUNICIPAL DEL SERVICIO DE TAXIS Y MOTO-TAXIS PARA EL MUNICIPIO DE SAN PEDRO LA LAGUNA, DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ.


ACTA 40-2012 PUNTO TERCERO


El infrascrito Secretario Municipal del municipio de San Pedro La Laguna, departamento de Sololá,

CERTIFICA: Tener a la vista el libro de actas de hojas movibles de sesiones municipales número cuarenta y nueve, en el que a folios del cuarenta y seis al cincuenta y tres, se encuentra el acta número 40-2012, que se refiere a la sesión pública ordinaria celebrada el día veintiséis de septiembre del año dos mil doce por la municipalidad de San Pedro La Laguna, presidido por el Señor Alcalde Municipal Diego Ixmatá González, contándose con la presencia de los demás miembros del concejo municipal, cuyo punto tercero dice textualmente:

CONSIDERANDO: Que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio, velar por la integridad de su patrimonio, garantizar sus intereses con base en los valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos, conforme a la disponibilidad de sus recursos. CONSIDERANDO: Que son competencias propias del municipio delegadas en la municipalidad, la regulación del transporte de pasajeros y de carga y sus terminales locales. CONSIDERANDO: Que es procedente aprobar el Reglamento de observancia general para la regulación del servicio de taxis y moto-taxis, en virtud de que es necesario ordenar y regular este servicio para beneficio de la población. POR TANTO: Con fundamento en los artículos: 3, 33, 35 inciso e) 68 inciso d) del Código Municipal y en unanimidad, el honorable Concejo Municipal ACUERDA: Aprobar el siguiente reglamento de observancia general:


REGLAMENTO MUNICIPAL DEL SERVICIO DE TAXIS Y MOTO-TAXIS PARA EL
MUNICIPIO DE SAN PEDRO LA LAGUNA, DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ.


TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES

 
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