ACTA MUNICIPAL  29-2012

Reglamento para la prestación del servicio colectivo de transporte de pasajeros, carga y mixto en buses, microbuses, minibuses, pick up, moto taxis, en el Municipio de Lanquín, Alta Verapaz

Derogado por el Acta Número 50-2012 de 17 de Diciembre 2012


ACTA NÚMERO 29-2012

LA INFRASCRITA SECRETARIA MUNICIPAL DE LANQUIN DEL DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ: CERTIFICA: QUE PARA EL EFECTO TIENE A LA VISTA EL LIBRO DE ACTAS DE SESIONES EXTRAORDINARIAS DEL CONCEJO MUNICIPAL EN EL CUAL SE ENCUENTRA ASENTADA EL ACTA NUMERO 29-2012 DE FECHA TRECE DE JUNIO DE DOS MIL DOCE QUE COPIADA EN SU PARTE CONDUCENTE DICE:

"ACTA NUMERO: 29-2012. En la población de Lanquín del departamento de Alta Verapaz, siendo las diecisiete horas del día miércoles trece de junio del año dos mil doce, reunidos en el Despacho Municipal, los miembros del Concejo Municipal señores: Francisco Pop Pop, Carlos Rigoberto Cu Choc, José Can Cucul, Víctor Ramos Bailón, Federico Choc Morales, Santiago Choc Mo y Nicolás Xuc Mo, en su orden Alcalde Municipal. Síndicos Primero y Segundo, Concejales del Primero al Cuarto respectivamente, asistidos por la Licenciada Lilian Margarita Coy Chén, Secretaria Municipal, con el objeto de celebrar sesión Extraordinaria de la Honorable Corporación Municipal, procediéndose para el efecto de la manera siguiente: PRIMERO: Establecido el quórum, el Señor Alcalde Municipal, declara abierta la sesión aprobándose la agenda elaborada para el efecto. SEGUNDO: ... TERCERO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE LANQUlN DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ.


CONSIDERANDO:

Que por disposición legal es competencia de las municipalidades la regulación del transporte de pasajeros, carga y mixto en sus respectivas circunscripciones territoriales, y siendo que corresponde con exclusividad al Concejo Municipal el ejercicio del gobierno del municipio y que como órgano colegiado superior de deliberación y decisión tiene entre sus atribuciones la emisión y aprobación de acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales, al no estar regulado el servicio de transporte de pasajeros, carga y mixto, su regulación debe emitirla el Concejo Municipal.


CONSIDERANDO

Que siendo el servicio de transporte de pasajeros, carga y mixto una actividad que contribuye a mejorar la calidad de vida de la población, se hace necesario normar lo relativo a dicho servicio con el objeto de armonizar la convivencia entre autoridades municipales, usuarios y las personas que prestan el relacionado servicio.


POR TANTO

Con base en lo considerado y lo que establecen los artículos 253 literal c) y 254 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 3, 5, 6, 7, 9, 33, 35 literales a), e), i), 42, 67, 68 literal c), 72, y 151 del Código Municipal.


ACUERDA:

Emitir el Siguiente;


REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO COLECTIVO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, CARGA Y MIXTO EN BUSES, MICROBUSES, MINIBUSES, PICK UP, MOTO TAXIS, EN EL MUNICIPIO DE LANQUÍN ALTA VERAPAZ.


CAPITULO I
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

 
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