ACTA MUNICIPAL 18-2012.4
Todas aquellas empresas de Telefonía Celular y Líneas Fijas, que pretendan instalar antenas en el Municipio de San Jerónimo, Departamento de Baja Verapaz, deberán pagar una tarifa, por concepto de licencia.
ACTA No. 18-2012 PUNTO CUARTO
La Honorable Corporación Municipal del Municipio de San Jerónimo del departamento de Baja Verapaz, en sesión pública celebrada el trece de marzo del año dos mil doce, conforme al punto cuarto del Acta No. 18-2012 faccionada en el Libro de Sesiones del Honorable Concejo Municipal Número Treinta y Cinco, establece lo siguiente: CUARTO: El Honorable Concejo Municipal. CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Política de la República de Guatemala y el Código Municipal, Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, se establece que el Gobierno Municipal corresponde al Concejo Municipal, el cual está facultado para emitir sus acuerdos, reglamentos y ordenanzas. CONSIDERANDO: Que dentro de las funciones que abarca la autonomía municipal, se encuentra lo relativo a la libre disposición de sus bienes, así como también la prestación de servicios públicos que contribuyan a mejorar la calidad de vida de los vecinos. CONSIDERANDO: La necesidad que existe de normar las antenas que instalan en nuestro municipio las distintas Empresas de Telefonía, y que utilizan terrenos ubicados en este municipio ya sean privados o municipales. POR TANTO: El Concejo Municipal en pleno con fundamento en los artículos 253 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 1, 2, 3, 5, 6, 9, 35 incisos a), b), d), g), i); 67, 70 y 142 inciso a) del Código Municipal Decreto 12-2002 del Congreso de la República de Guatemala. ACUERDA:
- Buscado: 4,093 veces.
- Ficha Técnica: 10 veces.
- Imagen Digital: 10 veces.
- Texto: 8 veces.
- Formato PDF: 2 veces.
- Formato Word: 2 veces.