ACUERDO MINISTERIAL  871-2012

Proveen un marco de cooperación, entre países para el abastecimiento y acceso a medicamentos antirretrovirales y otros medicamentos que utilice El Programa Nacional de Prevención y control de ITS, VIH y SIDA


ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 871-2012

Guatemala, 26 de septiembre de 2012


EL MINISTRO DE SALUD PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL



CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece, que el goce de la salud es derecho fundamental del ser humano, sin discriminación alguna; que el Estado velará por la salud y la asistencia social de todos los habitantes; desarrollará, a través de sus instituciones acciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes a fin de procurarles a los habitantes el más completo bienestar físico, mental y social; asimismo, que la salud de los habitantes de la Nación es un bien público; todas las personas e instituciones están obligadas a velar por su conservación y restablecimiento;


CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social tiene a su cargo la rectoría del sector salud, entendida como la conducción, regulación, vigilancia, coordinación y evaluación de las acciones e instituciones de salud a nivel nacional, por lo que tiene la función de formular, organizar, dirigir la ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos para la entrega de servicios de salud a la población; para cumplir con tales funciones, el Ministerio de Salud tendrá las más amplias facultades para ejercer todos los actos y dictar todas las medidas que conforme a las leyes, reglamentos y demás disposiciones de servicio, competen al ejercicio de su función;


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el Articulo 194 literales a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento en el Artículo 27 literal m) de la Ley del Organismo Ejecutivo.


ACUERDA:

 
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