ACUERDO GUBERNATIVO  179-2012

Aprobar el Convenio de cooperación para programa No. GUA/2912/015 entre UNICEF y La Secretaria de Bienestar Social.


ACUERDO GUBERNATIVO No. 179-2012

Guatemala, 20 de agosto de 2012


EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA


CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece como obligación fundamental del Estado, proteger a la persona y a la familia, su fin supremo es la realización del bien común; asimismo, es deber del Estado, garantizar a los habitantes de la República, entre otros, la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona, entre ellos y en igualdad de condiciones se encuentra la niñez y adolescencia.


CONSIDERANDO:

Que el veintisiete (27) de abril del año dos mil doce (2012), el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) suscribió con la Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia (SBS), el Convenio de Cooperación para Programa No. GUA/2012/015 destinado a financiar el Plan de Trabajo Conjunto denominado: "Secretaría de Bienestar Social orienta sus acciones técnicas y programáticas con enfoque de derechos a la niñez y adolescencia", hasta por un monto de dos millones doscientos sesenta y cuatro mil trescientos setenta y cinco quetzales (Q 2,264,375.00), teniendo como objetivos los enunciados en el Convenio respectivo; documento que se apega a las leyes y reglamentos vigentes y derivado a que todo convenio de donación debe ser aprobado por acuerdo gubernativo con el refrendo del Ministerio de Finanzas Públicas, por lo que es necesario emitir la disposición legal por medio de la cual se apruebe.


POR TANTO:

En ejercicio de las funciones que le confiere el artículo 183, literal e) de la Constitución Política de la República de Guatemala y con fundamento con lo establecido en el artículo 53 del Decreto No. 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto.


ACUERDA:

 
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